REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS. Modificación al Digesto de Normas Técnico-Registrales. Identidad de género.
Buenos Aires, 07 de junio de 2013.
LA SUBDIRECTORA NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
ARTICULO 1. Sustitúyense los artículos 4 y 5 del Título II, Capítulo XV, Sección 1a del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, que quedarán redactados como se indica a continuación:
ARTICULO 4. Conforme con lo dispuesto por la Ley 26743 que establece el derecho a la identidad de género de las personas, la única documentación requerida cuando se solicite la rectificación de datos en relación con el sexo, cambio de nombre de pila e imagen del o la titular del dominio, será el Documento Nacional de Identidad.
Sin perjuicio de ello, en caso de haberse practicado la rectificación registral prevista en este artículo, sólo podrán rectificarse nuevamente esos datos previa autorización judicial.
ARTICULO 5. La modificación en el nombre o apellido de las personas producida con posterioridad a la inscripción del automotor a su favor, que no se encuentre comprendida en el Artículo precedente, deberá ser solicitada acompañando indefectiblemente el testimonio judicial que así lo aclare o acta original o fotocopia autenticada por el Registro Civil con la anotación marginal de la orden judicial, salvo que se tratare de una mujer casada que solicite suprimir o adicionar el apellido marital, en cuyo caso deberá acompañar el acta pertinente.
ARTICULO 2. Modifícase la numeración de los actuales artículos 5 y 6 de la Sección 1a, Capítulo XV, Título II del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, como artículos 6 y 7 respectivamente.
ARTICULO 3. La presente entrará en vigencia a partir del día de su publicación.
ARTICULO 4. Regístrese, comuníquese, atento su carácter de interés general dése para su publicación a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
PUBLICADA EL 12/06/2013