CCCom Dolores, 11/04/2013, 92603, RECURSO DE QUEJA en autos MUNICIPALIDAD DE LA COSTA c/ B. C. s/ APREMIO.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver el recurso de queja interpuesto por la doctroa CBB en autos caratulados: “Municipalidad de La Costa c/ B. C. B. s/ Apremio”, y
CONSIDERANDO:
I. Mediante el presente recurso de queja se persigue la revocatoria del auto de fojas 8, por medio del cual el iudex a quo denegó la apelación de fojas 7 y vuelta con fundamento en que lo que se ataca es la sentencia de fojas 137/138 -fojas 32/33-, que se encuentra firme y consentida.
Analizado el remedio incoado, se advierte que el escrito de fundamentación no resulta suficiente a los fines revocatorios perseguidos (artículo 260 del CPCC).
El recurso de queja tiene por objeto la revisión del auto que deniega un recurso de apelación o el efecto con que hubiere sido concedido (artículos 275 y 277 del CPCC) y para ello es necesario demostrar de manera fundada y concreta que la desestimación es errónea.
El quejoso en su presentación, no argumenta en relación a ello; ninguna referencia hace a la providencia que pretende atacar ni al carácter de apelable o no que le corresponde, centrando toda la fundamentación, en la cuestión de fondo y en el derecho que le asiste a su parte.
Por el contrario, la impugnación debe estar dirigida a los fundamentos del auto que deniega el recurso, en sentido similar al nivel de la carga procesal que establece el artículo 260 del CPCC, circunstancia que pone a cargo del quejoso no sólo al agregar las copias necesarias para su examen, sino también demostrar que es errónea la desestimación, extremo no cumplimentado en autos.
Sin perjuicio de ello, cabe señalar que la denegatoria es justa en tanto efectivamente se intenta cuestionar la sentencia de fojas 32/33, que se encuentra para el quejoso firme y consentida (artículos 150, 155 del CPCC).
II. Por lo expuesto, se RESUELVE: Desestimar el recurso de queja interpuesto, lo que así se decide.
Regístrese. Remítanse para ser agregados al juicio principal.
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