RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY. Valor del litigio. Desalojo.
Conforme lo establecido por el superior Tribunal Provincial, el valor económico del presente litigio -desalojo- está representado por el importe total del alquiler convenido en el contrato de locación, actualizado a la fecha de la interposición del recurso (1). Teniendo en cuenta el monto que surge del contrato de locación, no alcanza al mínimo de 500 jus establecido por el artículo 278 del Código Procesal Civil y Comercial -texto según artículo 1 de la Ley 14141-; en consecuencia, se declara inadmisible el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto contra la sentencia de esta Alzada (artículos 278, 281 y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial).
CCCom Dolores, 01/11/2012, 91586, LANDI S.A. c/ PASO DE GARTIA SILVIA s/ DESALOJO, RSI-326.
(1) SCBA, 10/12/1992, 51560.