CCCom Dolores, 26 de junio de 2012, 91704, RECURSO DE QUEJA en autos P. A. B. s/ MENORES EN RIESGO Y VIOLENCIA FAMILIAR, RSI-167.
AUTOS Y VISTOS:
[...]
CONSIDERANDO:
I. Analizadas las constancias del presente expedientillo surge evidente la improcedencia del recurso de queja intentado.
II. La queja tiene por objeto la revisión del auto que deniega un recurso de apelación o el efecto con que hubiere sido concedido (artículos 275 y 277 del CPCC) y para ello es necesario demostrar de manera fundada que la desestimación es errónea.
III. En la especie se advierte que el auto que se intenta cuestionar a través de este remedio [...] no contiene denegatoria de un recurso de apelación, sino que se rechaza la solicitud de copias a cargo del Estado efectuada en el escrito de fundamentación [...] del recurso concedido [...]; por lo tanto mal puede pretender la quejosa utilizar esta vía procesal para otros fines.
Por ello, no dándose el supuesto que prevé el artículo 275 del CPCC, no ha lugar a la queja intentada.
IV. Por lo expuesto, este Tribunal RESUELVE: no hacer lugar a la queja traída por no reunir los requisitos establecidos en la normativa procesal (artículos 242, 275 y 276 del CPCC).
Regístrese y remítase al juzgado de origen para ser agregada a los autos principales.