LEY NACIONAL 26840


FERIADOS. Establece por única vez feriado nacional el día 31 de enero de 2013 en conmemoración del bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813.


ARTICULO 1. Establécese por única vez feriado nacional el día 31 de enero de 2013 en todo el territorio de la Nación, en conmemoración del bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813.

ARTICULO 2. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.


SANCIONADA EL 19/12/2012 - PROMULGADA DE HECHO EL 10/01/2013 - PUBLICADA EL 14/01/2013