ARMAS DE FUEGO. Dispone nuevo plazo de ejecución del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego.
ARTICULO 1. Dispónese un nuevo plazo de ejecución, por el término de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de la presente, del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por Ley 26216, prorrogado por Decreto 560 de fecha 3 de abril de 2008 y por las Leyes 26520 y 26644.
ARTICULO 2. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
SANCIONADA EL 14/11/2012 - PROMULGADA EL 11/12/2012 - PUBLICADA EL 17/12/2012