CCCom Dolores - 28/11/2012 - 92328


PRUEBA. Recurribilidad. Recurso de queja.


[...] Analizadas las constancias de la causa, se advierte que la resolución apelada [...] se refiere a una cuestión sobre producción de la prueba y la misma resulta alcanzada por la regla de la inapelabilidad establecida por el artículo 377 del Código Procesal [...].
En virtud de lo expuesto, corresponde rechazar el recurso de queja planteado, lo que así se decide (artículos 377, 275 y 276 del Código Procesal Civil y Comercial) [...].

CCCom Dolores, 28/11/2012, 92328.