HONORARIOS DE ABOGADOS. Privilegios. Alcance. Ejecución hipotecaria.
Iniciada la ejecución pide el actor autorización para compensar y el "a quo" correctamente la postergó para luego de efectivizada la subasta. Realizada la misma y en el trámite de su aprobación el "iudex a quo" ordenó practicar liquidación para que se determinen los gastos privilegiados. Erróneamente se desvía la cuestión a los honorarios del juicio principal; y ellos conforme doctrina y jurisprudencia resultan ajenos a ese privilegio que sólo puede alcanzar a los honorarios y gastos por la etapa de ejecución de sentencia (1), por lo tanto todo lo que hace a ese tema deberá discutirse por la vía procesal idónea para la ejecución de tales honorarios (artículos 41 de la Ley de Honorarios Profesionales y 590 del Código Procesal Civil y Comercial).
CCCom Dolores, 08/11/2012, 91942, WATERS Teresita E. c/ SUAREZ María T. s/ EJECUCION HIPOTECARIA.
(1) CCCom Dolores, 10/05/2011, 90432, RSI-186.