RECURSO DE QUEJA. Objeto. Procedencia. Requisitos. Copia del escrito de interposición del recurso de apelación.
La queja tiene por objeto la revisión del auto que deniega un recurso de apelación o el efecto con que hubiere sido concedido (artículos 275 y 277 del Código Procesal Civil y Comercial) y para ello es necesario demostrar de manera fundada que la desestimación es errónea (1).
Previo a decidir sobre el recurso de queja, corresponde analizar su procedencia formal, es decir si aparecen cumplidos los recaudos necesarios para su admisibilidad, conforme lo dispone el artículo 276 del Código Procesal Civil y Comercial. Dentro de tales recaudos, no sólo debe considerarse su temporaneidad y la legitimación del recurrente, sino especialmente que se hayan agregado todas las copias necesarias para su conocimiento y resolución. Ello así por cuanto el recurso debe bastarse a sí mismo, evitando la práctica de recabar el principal o de ordenar medidas que en definitiva terminan por desvirtuar el propósito de no caer en la dilación del juicio (2). Si bien la expresión “recaudos necesarios” es imprecisa, jurisprudencia uniforme exige que se acompañe, entre otros, copia de la apelación interpuesta y denegada, ya que se requiere la interposición temporánea del recurso de apelación y copias de la resolución recurrida, de los antecedentes que la motivaron, del escrito de interposición del recurso y si la hubiere del que interpone la revocatoria si la apelación fue deducida en subsidio (conforme artículo 276 del Código Procesal Civil y Comercial) (3).
En la especie, del examen preliminar de estos autos, puede observarse que no se ha dado cumplimiento con los recaudos mencionados, ya que no se acompañó copia del escrito de interposición del recurso. No debe olvidarse que resulta carga de la parte interesada formar el expedientillo del recurso de queja con todas las copias necesarias para su conocimiento por parte del órgano de Alzada, evidenciando la admisibilidad de su impugnación. Por ello, siendo necesario contar con el escrito apelatorio a fin de revisar la admisibilidad del recurso, ante la falta de acompañamiento del mismo, resultan insuficientes las copias agregadas por lo que el rechazo de la queja se impone.
CCCom Dolores, 31/01/2012, 92160, RECURSO DE QUEJA en autos BENGOLEA María c/ SILVA CARABALLO Hermes y/u otros s/ DESALOJO, RSI-323.
(1) CCCom Dolores, 08/07/2008, 87248.
(2) CCCom Dolores, 29/09/2011, 90992, RSI-353.
(3); FENOCHIETTO, "CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES COMENTADO ANOTADO Y CONCORDADO", Editorial Astrea, octava edición, 2006, página 325.