EXHORTOS. Cumplimiento. Deberes y facultades del juez exhortado. Límites de su intervención.


  • La actividad a cargo del magistrado oficiado se encuentra dentro del campo delimitado por los principios generales de la competencia como función delegada que importa un verdadero encargo judicial fundado en el principio de cooperación, debiendo limitar su intervención al cumplimiento estricto de la diligencia que se le requiera, no pudiendo expedirse sobre la procedencia de medidas ni plantear ni resolver cuestiones de ninguna naturaleza que la excedan, aún cuando se encuentren relacionadas con el acto procesal delegado, pues lo contrario implica el ejercicio de una facultad que no posee y que pertenece al juez natural de la causa.

    CCCom Dolores, 28/02/2012, 91403, J. A. O. c/ COOPERATIVA DE AGUA Y LUZ DE PINAMAR LIMITADA s/ DAÑOS Y PERJUICIOS (OFICIO).

    AUTOS Y VISTOS:
    I. Vienen los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria por la parte demandada [...].
    Mediante dicho decisorio la iudex a quo dispuso declarar la caducidad de la prueba testimonial, considerando que la accionada no había activado la citación de los testigos allí aludidos a la audiencia fijada [...] (artículo 430 inciso 1 del CPCC).
    De ello se queja el recurrente quien -en breve síntesis- alega que la prueba fue declarada desistida en base a un presupuesto de hecho erróneo, desde que el proceder del Oficial de Justicia al devolver las cédulas de notificación [...] con fundamento en la falta de tiempo para diligenciarlas, no puede ser imputado a su parte [...].
    II. Analizadas las constancias de la causa, se observa que la titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial [...] encomendó a la señora juez a cargo del Juzgado de Paz Letrado [...], la toma de las declaraciones testimoniales detalladas en el oficio remitido oportunamente a tenor del interrogatorio transcripto [...].
    Que fijada la fecha para la audiencia [...] y celebrada [...], el juez oficiado se expidió sobre lo peticionado [...] en cuanto a la caducidad de la prueba testimonial, lo que no resulta pertinente como se verá.
    La actividad a cargo de la [...] titular del Juzgado de Paz Letrado [...] se encuentra dentro del campo delimitado por los principios generales de la competencia como función delegada que importa un verdadero encargo judicial fundado en el principio de cooperación, debiendo el juez delegado limitar su intervención al cumplimiento estricto de la diligencia que se le requiera (artículos 3, 131, 380, 451, 452 del CPCC).
    De allí que el juez exhortado tenga delimitada su competencia no pudiendo expedirse sobre la procedencia de medidas, ni plantear ni resolver cuestiones de ninguna naturaleza que la excedan aún cuando se encuentren relacionadas con el acto procesal delegado, pues lo contrario implica el ejercicio de una facultad que no posee y que pertenece al juez natural de la causa, tal como ocurrió en autos.
    Ello sin perjuicio de las facultades delegadas que se hicieron constar en forma expresa en el oficio [...] entre las que se lee la expresión “etcétera”, que si bien pudo llevar a confusión siendo que en razón del principio de razonabilidad en casos como el de marras se debe interpretar restrictivamente para preservar el marco de la competencia.
    Así, se ha señalado que el oficiado "pasa a ser subordinado en una actividad auxiliar, actuando en ejercicio de su propia competencia en el acto que interviene y de conformidad con expresas normas que lo autorizan" (1) [...].
    III. Por lo expuesto este Tribunal RESUELVE: Dejar sin efecto lo dispuesto [...], con costas por su orden atento la forma de resolver la cuestión (artículos 3, 68, 134, 380, 451 y concordantes del CPCC).
    Remítanse sin más trámite las presentes actuaciones a la titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial [...], para que tome conocimiento de lo peticionado [...] y resuelva sin más trámite.
    Notifíquese a las partes y líbrese por Secretaría oficio de estilo comunicando la presente resolución al Juzgado de Paz Letrado [...].

    (1) FENOCHIETTO - ARAZI, "CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION", tomo 1, página 48.