Prorroga por el término improrrogable de sesenta días la excepción prevista por la Ley 14247 respecto del asiento y jurisdicción de los Tribunales del Trabajo del Departamento Judicial Pergamino.
ARTICULO 1. Prorrógase por el término de sesenta (60) días, la excepción prevista en la Ley 14247. Dicho plazo será improrrogable.
ARTICULO 2. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
SANCIONADA EL 19/04/2012 - PROMULGADA EL 16/05/2012 - PUBLICADA EL 19/06/2012