Aprueba los Reglamentos para la Administración de Dominios de Internet en Argentina, el Manual de Registro de Dominios de Internet y el Glosario de Términos.
Buenos Aires, 27 de febrero de 2014.
EL SECRETARIO LEGAL Y TECNICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION RESUELVE:
ARTICULO 1. Apruébase el “REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DE DOMINIOS DE INTERNET EN ARGENTINA” que como ANEXO I forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2. Apruébase el “MANUAL DE REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET” que como ANEXO II forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 3. Apruébase el “GLOSARIO DE TERMINOS” que como ANEXO III forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 4. Facúltase a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET de la SUBSECRETARIA TECNICA de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION a dictar las normas aclaratorias y complementarias de la presente medida.
ARTICULO 5. La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 6. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
ANEXOS
LO MAS VISTO
- DEMANDA. Notificación. Presentación espontánea del demandado. Ampliación de la demanda.
- MEDIDAS CAUTELARES. Verosimilitud del derecho. Peligro en la demora.
- RENDICION DE CUENTAS. Concepto. Procedimiento. Impugnación. Requisitos. COSTAS. Por su orden. Falta de pronunciamiento firme. REFORMATO IN PEJUS. Alcance.
- DESALOJO. Competencia. Predio rural. Justicia de Paz y Justicia Civil y Comercial. Cuestiones de competencia. Conexidad con el juicio por cobro de arrendamientos.
- RECURSO DE INAPLICABILIDAD DE LEY. Valor del litigio. Desalojo por intrusión.